Objeto.
Las ayudas que se convocan por la presente Resolución tienen por objeto:
1. La realización de acciones en el ámbito de la comunicación dirigida a la ciudadanía española en el exterior a través de medios escritos o audiovisuales, tales como prensa, radio, cine, televisión e Internet.
2. La realización de acciones referidas a la distribución de publicaciones periódicas especializadas de prensa escrita entre los centros y asociaciones de españoles en el exterior.
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades y personas físicas radicadas en el exterior, siempre que entre sus fines se encuentren las actividades objeto de este programa.
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales, por lo que finaliza el 14 de julio de 2017 (incluido).
La convocatoria, junto con sus Anexos, están publicados en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a la que cualquier ciudadano puede acceder a través del Portal de transparencia del Gobierno de España, que incluye el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, en la Sede electrónica del Ministerio y en el Portal de la Ciudadanía española en el exterior, a través de los enlaces:
BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2017/06/24/pdfs/BOE-B-2017-39673.pdf
Portal de Transparencia: http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/350458
Sede Electrónica MEYSS: https://expinterweb.empleo.gob.es/ley11/inicio/inicio.action?proc=5
Potal Ciudadanía española en el exterior: http://www.ciudadaniaexterior.empleo.gob.es/es/horizontal/formularios/index.htm